Entrega semana 8

Editorial


"Permitir la eutanasia para niños y adolescentes


La sociedad colombiana está en mora de reconocer dos realidades ineludibles. Primera, que hay ocasiones, más comunes de lo que se cree, donde el dolor que causa tratar una enfermedad incurable no debería ser sufrido por el paciente, quien tiene el derecho a una muerte digna. Segunda, que ese derecho también recae sobre los menores de edad. Seguir insistiendo en crear trabas burocráticas ante la reglamentación de la eutanasia, más que una posición moral, es respaldar tragedias innecesarias y crueles.
Este debate exige hablar de rostros reales. El año pasado la familia de un menor de edad que tenía una enfermedad terminal les pidió a los prestadores del servicio de salud realizar el procedimiento de la eutanasia. Fueron tantas las dilaciones de los encargados, claramente desinteresados en materializar el derecho fundamental del menor a una muerte digna, que el niño falleció antes de recibir respuesta. No sin antes haber pasado meses empeorando su situación, en claro dolor y causando mucho sufrimiento en sus familiares.
Es insensato que haya colombianos que tengan que pasar por eso. Algo similar dijo la Corte Constitucional en la Sentencia T-544 de 2017, donde le ordenó al Ministerio de Salud regular “el procedimiento para hacer efectivo el derecho a morir con dignidad de los niños, las niñas y los adolescentes”.
La semana pasada se filtró el borrador de la resolución con la que el Ministerio pretende cumplir la orden de la Corte. De materializarse, y no vemos motivos para que el Gobierno no cumpla con su deber constitucional, Colombia por fin tendría una regulación adecuada del derecho constitucional a una muerte digna, incluyendo a los menores de edad.
Dentro de las medidas contempladas por la normatiiva está la pregunta por los padres: ¿es necesaria su autorización? La respuesta del Ministerio es justa: depende de la edad. Si el niño tiene entre 6 y 12 años, la concurrencia de los padres será obligatoria y, además, la eutanasia deberá aplicarse de manera excepcional. Si se trata de un menor entre 12 y 14 años, se pedirá la firma de los padres, pero, si ellos están en desacuerdo con el menor, la decisión la tomará él. Finalmente, entre los 14 y 17 años se podrá realizar el procedimiento por petición exclusiva del paciente menor de edad.
La importancia de la norma no es menor, pues no sólo reconoce que la muerte digna es un derecho para todos los colombianos, sin importar su edad, sino que reconoce que incluso si no se ha alcanzado la mayoría de edad, los niños, jóvenes y adolescentes tienen autonomía y pueden ejercer sus derechos sin necesidad de sus guardianes.
Es una lástima que la reacción de la Iglesia católica haya sido la de oponerse sin chance al diálogo. En un comunicado, los obispos del país dijeron que se “están minando las bases de la sociedad y el camino hacia la verdadera paz”. En síntesis, dicen que es un asesinato.
El país no puede quedarse en esas visiones simplistas que, en la práctica, condenan a miles de colombianos cada año a sufrir innecesariamente. La eutanasia no es un asesinato; es, al contrario, un triunfo de la empatía y la compasión."
Noticia
"La eutanasia –intervención deliberada para poner fin a la vida de un paciente sin cura– como derecho a la muerte digna para menores de edad se abre camino.
El Ministerio de Salud tiene listo el borrador del proyecto de resolución que la regulará, respondiendo a un fallo de la Corte Constitucional, que amparó el derecho a “una muerte digna” de un niño, de 13 años, que sufría parálisis cerebral.
Ese fallo, además, le ordenaba al Gobierno Nacional y al Congreso de la República que legislara en ese sentido.
Este proceso se hizo a través de un trabajo “consultivo” con diferentes sectores de la sociedad, incluyendo académicos, sociólogos, pediatras, expertos en derechos de los niños, la Procuraduría, entre otros. Así lo explica Ricardo Luque, asesor del Ministerio de Salud en temas de bioética. Indica que se hizo público el borrador, para que las entidades y organizaciones interesadas realicen las observaciones que consideren pertinentes y, al llegar a un acuerdo, presentar la norma que lo reglamente.
Así sería
Aquí lo que se debe tener claro es el concepto de “muerte digna”, que implica los cuidados paliativos y la eutanasia. Luque sostiene que en cuanto a los paliativos, son obligatorios para todos los pacientes, antes de tomar otra decisión.
Frente a la eutanasia, se deben cumplir varios principios básicos, que son los mismos que contiene la Sentencia C-239 de 1997 de la Corte. “La voluntariedad del paciente, tratarse de una enfermedad terminar y debe haber un grave sufrimiento para la persona”, sostiene el funcionario.
Como hay diferentes sectores como la iglesia católica o algunos sicólogos (Ver A favor y en contra) que recriminan esta posibilidad, por considerar que un menor de edad no está en capacidad para tomar esta decisión voluntariamente y que son, quizás, impulsados por su padre, el borrador de la resolución deja claras algunas exclusiones.
“Tratándose de menores de edad, habrá algunos que no puedan expresar la voluntariedad y ni siquiera tienen la capacidad, por lo que no se les aplicará la eutanasia a los niños entre cero y seis años, con estados alterados de conciencia o trastornos psiquiátricos”, agrega el funcionario del Ministerio.
Clemencia Mayorga, presidenta de la Sociedad Colombiana de Pediatría, seccional Bogotá, resalta este paso como un avance, pues se “involucra a la población de menores de edad, para que les respeten este derecho”. También asegura que la sociedad médica está lista para participar, así que revisarán el borrador y “haremos las observaciones y claridades que consideremos necesarias”.
En el mismo sentido se expresa José Norman Salazar, coordinador del Centro Colombiano de Derecho Médico, quien destaca que se empiezan a llenar los vacíos que quedaron en la jurisprudencia relacionada con la eutanasia para mayores de edad. “Colombia fue uno de los primeros países que le quitó penalidad, cuando el magistrado Carlos Gaviria, en 1997, en un fallo lo dejó plasmado”.
Entre 6 y 17 años
Así las cosas, está claro que entre 0 y 6 años no será permitido aplicar la eutanasia; de 7 a 12 años, cumpliendo con los requisitos podrán acceder a este derecho, pero se debe contar con la aprobación de ambos padres de familia; entre 12 y 14 años, si hay discrepancia de los padres, prevalecerá el deseo del paciente y, finalmente, de 14 años en adelante, primará la voluntad del adolescente, pero “siempre dejando claro que se harán las valoraciones necesarias”, concluye el asesor del Ministerio.
También hay que dejar claro que para tomar esta decisión no se tendrá en cuenta el “síndrome del cuidador cansado”, y siempre las valoraciones se harán basadas en el sufrimiento del paciente. “Para esto habrá expertos, quienes se encargarán de hacer la evaluación y definir si es una enfermedad que amenaza la vida, acorta su curso, y se prevé que la persona tendrá una expectativa de vida de menos de seis meses”.
Bélgica y Holanda son los únicos dos países que tienen reglamentada la eutanasia en menores de edad, pero siempre teniendo en cuenta la voluntad del paciente y que cumpla con lo establecido en la norma, aunque en Canadá el proceso también se estudia, pero no hay decisiones definitivas."

La diferencia entre la noticia y la editorial es que en el caso de la noticia nos esta informando que en el país se esta planeando aprobar la eutanasia para los niños y jóvenes con una serie de condiciones según la edad y el deseo del paciente, mientras que la editorial muestra la opinión que tiene el espectador sobre este tema en discusión ya que para ellos los jóvenes no tienen que sufrir, y esta es una solución a ese problema.

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